Sonríe, te estamos vigilando. 10 Derechos Digitales. (Video)
Los Estados deben generar procesos diligentes y garantizar el acceso a la información pública necesaria para fiscalizar la protección de nuestros derechos y permitir el acceso a la justicia. Buscamos promover el uso de los mecanismos de acceso a la información pública para empoderar el control ciudadano sobre la vigilancia llevada a cabo durante la pandemia.
Por Derechos Digitales. Sonríe #EstamosVigilando. La transparencia y la rendición de cuentas son fundamentales para garantizar que las tecnologías con capacidad de vigilancia no violen derechos humanos. – Derechosdigitales
El Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL), Derechos Digitales, FLIP, IDHUCA, y Open Knowledge Brasil nos unimos para proteger a los derechos humanos que pueden verse afectados por el uso de tecnologías con capacidades de vigilancia sin las salvaguardas, restricciones y controles necesarios.
La pandemia del COVID-19 ha llevado a muchos países de la región a adquirir, desarrollar e implementar estas tecnologías como mecanismos de respuesta al virus. Sin embargo, desconocemos mucho sobre los alcances, eficacia e impactos que pueden tener sobre derechos fundamentales como la privacidad, la libertad de expresión, la igualdad y la integridad.
Esta información es clave para proteger nuestros derechos. Exigimos que durante la pandemia y en todo momento, la transparencia, la debida diligencia y el acceso a la justicia guíen la adquisición y la implementación de estas tecnologías como formas de garantizar su uso legal, necesario y proporcional.
La transparencia y la rendición de cuentas son fundamentales para garantizar que las tecnologías con capacidad de vigilancia no violen derechos humanos.
Los Estados deben generar procesos diligentes y garantizar el acceso a la información pública necesaria para fiscalizar la protección de nuestros derechos y permitir el acceso a la justicia. Buscamos promover el uso de los mecanismos de acceso a la información pública para empoderar el control ciudadano sobre la vigilancia llevada a cabo durante la pandemia.
Para esto, de forma simultánea hemos presentado solicitudes de acceso a la información en Brasil, Chile, Colombia, y El Salvador para conocer los alcances e impactos de las tecnologías utilizadas para responder a la pandemia y sobre los procesos llevados a cabo por los Estados para garantizar que las mismas respeten los derechos humanos. Las respuestas que obtengamos las compartiremos y analizaremos en el sitio
https://www.estamosvigilando-cejil.org/solicitudes/
En el siguiente video, Michelle Bordachar, Analista de políticas públicas de Derechos Digitales comenta las características del proyecto.
Fuente: Derechosdigitales
10 derechos digitales
1. Derecho a la intimidad en el ámbito laboral
Permite a los trabajadores tener derecho a la protección de su intimidad frente a los dispositivos digitales, de videovigilancia y de grabación de sonidos en el lugar de trabajo, y sistemas de geolocalización.
2. Derecho a la neutralidad de Internet
Los proveedores de servicios de Internet deberán ser transparentes en su oferta de servicios, evitando discriminar a los ciudadanos por motivos técnicos y económicos.
3. Derecho a la seguridad digital
Derecho de los usuarios a la seguridad en las comunicaciones que realicen a través de Internet
4. Derecho al olvido en búsquedas en Internet, servicios de redes sociales y equivalente
Los motores de búsqueda en Internet deben eliminar los resultados que surgen a partir del nombre de una persona, cuando haya datos inexactos, no pertinentes o no actualizados.
5. Derecho a la libertad de expresión
Es nuestro derecho a emitir y recibir opiniones y toda clase de información en todo formato digital, sin controles previos por parte del Estado o de las empresas prestadoras de servicios.
6. Derecho a la portabilidad
Los usuarios pueden recibir y transmitir los contenidos que han facilitado a los prestadores de servicios de internet.
7. Derecho de la negociación colectiva
Los convenios colectivos pueden establecer garantías adiciones de los derechos y libertades, relacionados con los datos personales de los trabajadores y los derechos digitales en el ámbito laboral.
8. Derecho a la protección de datos de los menores en Internet
La ley establece que los centros educativos y cualquier persona que desarrolle actividades con menores de 14 años de edad, deberá contar con el consentimiento del meno o de sus representantes legales.
9. Derecho de rectificación en Internet
Posibilita la opción de que cuando los usuarios difundan contenidos contra el honor y la intimidad, puedan rectificar ateniendo a los requisitos de una ley específica que regula el derecho a la rectificación.
10. Derecho a la actualización de informes en medios digitales
Los usuarios podrán solicitar a los medios de comunicación digitales un aviso de actualización visible junto a las noticias, si estas no reflejan su situación actual por circunstancias posteriores a la publicación. – EUDE